REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES
JUEZ PONENTE: GERSON ALEXANDER NIÑO
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
IMPUTADO
JHON GILBERTO OSUNA MARTINEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad N° 11.498.783.
DEFENSA
Abogada Iraima Ibarra de Salcedo
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
AbogadO YEAN CARLOS VINCI, Fiscal Séptimo del Ministerio Público
Subieron las presentes actuaciones a esta Corte de Apelaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la abogada Iraima Ibarra de Salcedo, en su carácter de defensor del acusado Jhon Gilberto Osuna Martínez, contra la decisión dictada en fecha 01 de marzo del 2004, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 05 de este Circuito Judicial Penal.
Recibidas las actuaciones en esta Corte de Apelaciones se les dio entrada en fecha 23 de febrero del 2004, designándose como ponente al Juez José Joaquín Bermúdez Cuberos y en virtud de que los referidos Jueces titulares de esta Corte se inhibieron del conocimiento de la presente causa y siendo declarado con lugar las inhibiciones planteadas, en fecha 01 de abril del 2004, mediante acta llevada a cabo por esta Corte, se realizó la elección del respectivo expediente, recayendo en la Juez Elizabeth Rubiano Hernández. Posteriormente en fecha 18 de mayo de 2005, en virtud de que fueron juramentados nuevos suplentes especiales de esta Corte de Apelaciones, quedando sin efecto el nombramientos de los anteriores suplentes, se acordó convocar a los nuevos suplentes para constituir la Sala Accidental, abogados Jorge Ivan Ochoa Arroyave, Gerson Alexander Niño y Lady Mena Ninño Soto, quienes aceptaron la convocatoria y una vez hecha la elección correspondiente, recayó en el abogado Gerson Alexander Niño, quien con tal carácter suscribe el presente fallo .
RELACION DE LAS DILIGENCIAS PRACTICADAS
POR ESTA CORTE UNA VEZ RECIBIDAS LAS ACTUACIONES:
Quien suscribe la presente decisión deja constancia que recibido el presente expediente pudo observarse que no fue remitida en copia la decisión impugnada de fecha 01 de marzo de 2004, razón por la cual en fecha 25 de julio de 2005, se acordó solicitarla al Tribunal de Juicio N° 5, de este Circuito Judicial Penal, así como información sobre la situación jurídica del imputado Jhon Gilberto Osuna Martínez, a los fines de agregarla a los autos y proceder a resolver acerca de la admisibilidad o no del recurso. Posteriormente en fecha 04 de agosto de este mismo año, fue recibida comunicación N° TJ5-1669-05, donde informa el Tribunal en mención, que el ciudadano JHON GILBERTO OSUNA MARTINEZ, se encuentra en libertad, según boleta de excarcelación N° 5J-117-2004.
Ahora bien, por cuanto esta Corte observa que se desprende de la comunicación recibida que el Tribunal Quinto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, acordó la libertad del ciudadano Jhon Gilberto Osuna Martínez, resulta inoficioso pronunciarse acerca del fondo de la apelación interpuesta por la abogada Iraima Ibarra de Salcedo, ya que ninguna consecuencia jurídica acarrearía tal pronunciamiento encontrándose en libertad el acusado. Y así se decide.
DISPOSITIVO
Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INOFICIOSO conocer y resolver el recurso de apelación interpuesto por la abogada Iraima Ibarra de Salcedo, en su carácter de defensora del acusado Jhon Gilberto Osuna Martínez, contra la decisión dictada en fecha 01 de marzo del año 2004, por el Juzgado Quinto de Juicio de este Circuito Judicial Penal; por cuanto le fue acordado al referido acusado su libertad, según boleta de excarcelación N° 5J-117-2004.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones Accidental de Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los doce días del mes de agosto del 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
LOS JUECES DE LA SALA ACCIDENTAL,
GERSON ALEXANDER NIÑO
PRESIDENTE-PONENTE
JORGE OCHOA ARROYABE LADY MENNA NIÑO SOTO
JUEZ JUEZ
EL SECRETARIO,
WILLIAM JOSE GUERRERO SANTANDER
En la misma fecha se publicó.
Causa Nº 1-Aa-1753-04