REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

San Antonio del Táchira, 20 de Abril de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-000669
ASUNTO : SP11-P-2005-000669


Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control, POR LA Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público, interpuesta por Violeta Josefina Infante Bencomo, a favor de Freddy Daniel Camperos Bautista, conforme al artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito LESIONES CULPOSAS, en perjuicio de JUAN DE JESUS BARRERA DELGADO, quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, por cuanto se evidencia de la investigación que los hechos se suscitaron por la imprudencia de parte de quien resultó lesionado, al no tener en cuenta las normas previstas en la Ley de Tránsito Terrestre y su reglamento en su rol de peatón.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, considera quien decide, que efectivamente de las actas que conforman el presente asunto penal y de la investigación adelantada por el Ministerio Público, quedó plenamente demostrado que el hecho en el cual resultó lesionado el ciudadano de JUAN DE JESUS BARRERA DELGADO, el día 16 de diciembre de 2004, se debió a la imprudencia del mismo, al no acatar las normas previstas en la Ley de Tránsito Terrestre y su reglamento en su rol de peatón.
En consecuencia, resulta procedente y ajustada a derecho, la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano, FREDDY DANUIEL CAMPEROS BAUTISTA, fundamentada en el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que los hechos no pueden atribuírsele al referido imputado, y Así se decide.

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano Freddy Daniel Camperos Bautista, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.492.082, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.


El Juez de Control

El Secretario

Abg. Pedro Alcides Colmenares Colmenares