REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Cristóbal, Martes veintiséis (26) de Abril de 2.005.
194º y 145º
Por cuanto al penado LUIS MARTIN CASTELLANOS RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.196.827, residenciado en calle Nº 1, Frente al Diario Pueblo, Urbanización Guayana, San Cristóbal, Estado Táchira, condenado por el Juzgado Superior Cuarto en lo Penal de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISION, por el deli-to de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, le fue otorgado en fecha 27-02-2.000, por el Juzgado Duodécimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Ca-racas, el Beneficio de Libertad Condicional por Medida Humanitaria, y cuyas presentaciones se fijaron por ante este Juzgado Ejecutor, hasta el tiempo restante de su condena, esto es, CUATRO AÑOS, SIETE MESES, VEINTICINCO DIAS Y TRECE HORAS DE PRISION, y por cuanto has-ta la presente fecha han transcurrido CINCO AÑOS, ONCE MESES Y NUE-VE DIAS, y se observa que el penado ha dado fiel cumplimiento a las condiciones que se le impusieron para Libertad Condicional por me-dida humanitaria, según se desprende del oficio N° 383-05, emanado de este Tribunal en el cual se deja constancia de que el penado cumplió con el régimen de presentaciones que le fue impuesto, es por lo que esta Juzgadora observa, que el penado LUIS MARTIN CASTE-LLANOS RAMIREZ, ha cumplido totalmente la condena que le impuso el hoy extinto Juzgado Superior Cuarto en lo Penal de la Circunscrip-ción Judicial del área Metropolitana de Caracas, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en con-secuencia se fija la pena accesoria hasta el día 23 de noviembre de 2.006. En consecuencia procede este Tribunal, a declarar el cum-plimiento total de la condena principal impuesta; faltándole por cumplir la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autori-dad, hasta el día 23 de noviembre de 2.006, y así se decide.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Se-guridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Repúbli-ca y por autoridad de ley DECLARA: EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRIN-CIPAL, impuesta al ciudadano LUIS MARTIN CASTELLANOS RAMIREZ, vene-zolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.196.827, residen-ciado en calle Nº 1, Frente al Diario Pueblo, Urbanización Guaya-na, San Cristóbal, Estado Táchira, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. Y en consecuencia se fija el cumplimiento de la pena accesoria de sujeción a la vigilan-cia de la autoridad, hasta el día 23 de noviembre de 2.006.
Líbrese las respectivas notificaciones.
Abg. VILMA CHAPARRO DE NAVA
Juez de Ejecución Nº 02
Abg. CAROLINA VELASCO GÓMEZ.
Secretaria
E2-1137-00
VChdN.
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