REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIONES DE JUICIO No. 5
ACTA DE INHIBICIÓN.
Yo, JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-8.852.501,en mi condición de Juez Titular de Primera Instancia Penal en Función de Juicio No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, por medio de la presente acta, expongo: Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la causa No. 5Ju-1066-05, se observa que en ellas aparece, como defensor el abogado OMAR ERNESTO SILVA, con quien me unen nexos de amistad, pues fue mi compañero de labores profesionales en el libre ejercicio del derecho, con quien compartí espacio en mi oficina, y con quien realicé innumerables defensas técnicas hasta mi incorporación en el Poder Judicial, como administrador de justicia; razón por la cual, sintiéndome incurso en la causal prevista en el ordinal 4º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 86 eiusdem, es obligatorio para mi inhibirme de seguir conociendo la presente causa, como efectivamente lo hago. Así mismo, y de conformidad con la previsión contenida en el artículo 94 íbidem, con el objeto de no detener el curso del proceso, se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Remítase copia certificada de la presente acta de inhibición a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal a los fines legales subsiguientes. El abogado DANIEL EDUARDO MOROS VELÁZQUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-9.234.887, refrenda la presente acta, con el carácter de Secretario del Juzgado, de conformidad con el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. San Cristóbal 7 de abril de 2005, siendo las 11:00 de la mañana.----
EL JUEZ,
ABG. Jesús Alberto Berro Velásquez
EL SECRETARIO,
ABG. Daniel Eduardo Moros.
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