REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO N° 5

San Cristóbal, 27 de Abril de 2005
195° y 146°

Visto el escrito presentado por la ciudadana LUISA SÁNCHEZ GUERRERO, Defensora Pública Penal, del justiciable JIMI ANDRES PABLO CORDOBA, vinculado a la causa inventariada bajo el N° 5JU-703-03, según nomenclatura llevada por este Tribunal, el cual solicitan se le extienda el lapso de presentaciones; este Tribunal para decidir, observa:

PRIMERO: Que revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa, se evidencia que efectivamente el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Función de Control, en fecha 04 de marzo de 2003, se llevo a cabo Audiencia de Calificación de Flagrancia e Imposición de Medida Judicial Privativa de Libertad, el cual corre inserto a los folios treinta y siete (37) al cuarenta y dos (42), y resolvió: 1.- Calificó la flagrancia en la aprehensión de los ciudadanos FRANKLIN RAUL MACHADO O. Y JIMMY ANDRES CORDOBA PABLOS, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. 2.- Decretó privación judicial preventiva de libertad a los ciudadanos antes nombrados, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal. 3.- Se acordó la aplicación del Procedimiento Abreviado, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 373 ejusdem.
SEGUNDO: En fecha trece (13) de marzo de dos mil tres (2003), el Juzgado Noveno de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante auto fundado, el cual corre inserto a los folios ochenta y siete (87) y ochenta y ocho (88) de las actas procesales, resolvió: 1.- Decretar Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los imputados FRANKLIN RAUL MACHADO O. Y JIMMY ANDRES CORDOBA PABLOS, de conformidad con lo establecido con los artículos 256 ordinal 3° y 258 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiendo las siguientes obligaciones: 1.- Presentaciones por ante la oficina de alguacilazgo una (01) vez cada ocho (08) días. 2.- Presentar cada uno de los imputados dos (02) fiadores de reconocida solvencia moral y económica, los cuales se comprometerán a cumplir las condiciones señaladas en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal y pagar por vía de multa lo equivalente a ochenta (80) unidades tributarias por cada imputado en caso de no presentarlos en el plazo que se les indique. En fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil tres (2003), se libra la correspondiente Boleta de Excarcelación N° 514, dirigida al Centro Penitenciario de Occidente, a nombre del ciudadano JIMMY ANDRES CORDOBA PABLOS.
TERCERO: En fecha dieciséis (16) de abril de dos mil cuatro (2004), corre inserto a los folios doscientos cincuenta y siete (257) al doscientos cincuenta y nueve (259) de las actas procesales, se recibe escrito presentado por la abogada Luisa Sánchez Guerrero, defensora del ciudadano JIMMY ANDRES PABLO CORDOVA, junto con oficio N° 538/04, emanado de la oficina de alguacilazgo, en donde informan sobre presentaciones del ciudadano antes nombrado, y solicitando se le extiendan las presentaciones a una (01) vez cada dos (02) meses y este Juzgado en Función de Juicio, de fecha veintidós (22) de abril de dos mil cuatro (2004), mediante auto fundado, acordó ampliar el lapso de presentaciones a una (01) vez al mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, visto que corre inserto en el folio doscientos setenta y siete (277) de las actas procesales, Oficio N° ALG-0543-05, de fecha siete (07) de marzo de dos mil cinco (2005), emanado de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, del cual se evidencia que el imputado JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS SÍ ha cumplido con las presentaciones que le fueren impuestas cada ocho (08) días; en fecha trece (13) de marzo de dos mil tres (2003), así como también ha cumplido con las presentaciones que le fueren impuestas una (01) vez al mes; en fecha veintidós (22) de abril de dos mil cuatro (2004), en virtud de haberse corroborado por parte del Tribunal, el estricto cumplimiento a estas presentaciones; en consecuencia este Tribunal estima procedente la solicitud efectuada por la abogada LUISA SÁNCHEZ GUERRERO, Defensora Pública Penal, del justiciable JIMI ANDRES PABLO CORDOBA y acuerda AMPLIAR las presentaciones, a UNA (01) VEZ CADA TRES (03) MESES, y así se decide.
En consecuencia, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIÓN DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:

PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud formulada por la abogada LUISA SÁNCHEZ GUERRERO, Defensora Pública Penal, del justiciable JIMI ANDRES PABLO CORDOBA, Venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.124.848, nacido en fecha 29-10-1982, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico, residenciado en el Barrio 23 de Enero, parte baja, carrera 2, N° 10-25, San Cristóbal, Estado Táchira y acuerda AMPLIAR el lapso de presentaciones a una (01) cada tres (03) meses, al imputado supra nombrado, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión.




ABG. JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ
JUEZ QUINTO DE JUICIO







ABG. MERLENY MEYLET CÁRDENAS CORREA
SECRETARIA SUPLENTE

















Causa Penal N° 5JU-703-03.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO Nº 5


San Cristóbal, 27 de Abril de 2.005
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica a la ciudadana FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PUBLICO, que en la Causa Penal Nº 5JU-703-03, seguida contra FRANKLIN RAUL MACHADO ONTIVEROS Y JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE OBJETOS PROVENIENTES DEL DELITO, PORTE ILÍCITO DE AMRMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROCEDENTE DEL ROBO Y HURTO, previstos y sancionados en los artículos 472, 278 ambos del Código Penal y artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, que por auto de esta misma fecha se acordó ampliar el lapso de las presentaciones al imputado JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS a una (01) vez cada tres meses.

Firmará la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ
JUEZ QUINTO DE JUICIO

Firma_________________Fecha__________________Hora__________________

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Se le notifica a la ciudadana FISCAL TERCERA DEL MINISTERIO PUBLICO, que en la Causa Penal Nº 5JU-703-03, seguida contra FRANKLIN RAUL MACHADO ONTIVEROS Y JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE OBJETOS PROVENIENTES DEL DELITO, PORTE ILÍCITO DE AMRMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROCEDENTE DEL ROBO Y HURTO, previstos y sancionados en los artículos 472, 278 ambos del Código Penal y artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, que por auto de esta misma fecha se acordó ampliar el lapso de las presentaciones al imputado JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS a una (01) vez cada tres meses.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO Nº 5


San Cristóbal, 27 de Abril de 2.005
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica a la ciudadana ABG. LUISA SÁNCHEZ GUERRERO, (Defensora Pública Penal), que en la Causa Penal Nº 5JU-703-03, seguida contra FRANKLIN RAUL MACHADO ONTIVEROS Y JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE OBJETOS PROVENIENTES DEL DELITO, PORTE ILÍCITO DE AMRMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROCEDENTE DEL ROBO Y HURTO, previstos y sancionados en los artículos 472, 278 ambos del Código Penal y artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, que por auto de esta misma fecha se acordó ampliar el lapso de las presentaciones al imputado JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS a una (01) vez cada tres meses.

Firmará la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ
JUEZ QUINTO DE JUICIO

Firma_________________Fecha__________________Hora__________________

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Se le notifica a la ciudadana ABG. LUISA SÁNCHEZ GUERRERO, (Defensora Pública Penal), que en la Causa Penal Nº 5JU-703-03, seguida contra FRANKLIN RAUL MACHADO ONTIVEROS Y JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE OBJETOS PROVENIENTES DEL DELITO, PORTE ILÍCITO DE AMRMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROCEDENTE DEL ROBO Y HURTO, previstos y sancionados en los artículos 472, 278 ambos del Código Penal y artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, que por auto de esta misma fecha se acordó ampliar el lapso de las presentaciones al imputado JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS a una (01) vez cada tres meses.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO Nº 5


San Cristóbal, 27 de Abril de 2.005
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se le notifica aL ciudadano JIMMY ANDRES CORDOBA PABLOS, (Imputado), que en la Causa Penal Nº 5JU-703-03, seguida en su contra y FRANKLIN RAUL MACHADO ONTIVEROS, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE OBJETOS PROVENIENTES DEL DELITO, PORTE ILÍCITO DE AMRMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROCEDENTE DEL ROBO Y HURTO, previstos y sancionados en los artículos 472, 278 ambos del Código Penal y artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, que por auto de esta misma fecha se acordó ampliar el lapso de las presentaciones al imputado JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS a una (01) vez cada tres meses.

Firmará la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ
JUEZ QUINTO DE JUICIO

Firma_________________Fecha__________________Hora__________________

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Se le notifica aL ciudadano JIMMY ANDRES CORDOBA PABLOS, (Imputado), que en la Causa Penal Nº 5JU-703-03, seguida en su contra y FRANKLIN RAUL MACHADO ONTIVEROS, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE OBJETOS PROVENIENTES DEL DELITO, PORTE ILÍCITO DE AMRMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROCEDENTE DEL ROBO Y HURTO, previstos y sancionados en los artículos 472, 278 ambos del Código Penal y artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, que por auto de esta misma fecha se acordó ampliar el lapso de las presentaciones al imputado JIMMY ANDRÉS CORDOBA PABLOS a una (01) vez cada tres meses.