JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 11 de abril de 2005.
194º y 146º

Visto el contenido del escrito de fecha 06 de abril de 2005, suscrito por la ciudadana NANCY JOSEFINA GALVIS DE GUTIÉRREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 5.688.421 y domiciliada en el Municipio Independencia, Estado Táchira, asistida por la abogada NILVIC FRANCO SOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.612, por una parte y por la otra, la ciudadana LIGIA TERESA GUERRERO MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 5.347.527 y domiciliada en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, asistida por la abogada MARTTA JANETH GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 58.589, mediante la cual a los fines de dar por terminado el presente proceso celebran TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,

Abg. FANNY PÁEZ HERRERA

La Secretaria,

Abg. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las 10:30 a.m., quedó registrada bajo el N° 61, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Exp. Nº 1089-2004
Mcmc
VA SIN ENMIENDA.