En el día hábil de hoy, Cuatro (05) de Abril de 2005, siendo las 11:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el ciudadano RODRIGO VERA, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.248.021, la apoderada judicial de la parte actora, ciudadana FANNY LIMA GAMEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.491.504, con Inpreabogado Nro.73.645, como se evidencia de poder otorgado ante la Notaria Pública Cuarta de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 12-01-2005, anotado bajo el Nro.13, Tomo 06, que corre en los folios 3 y 4 del presente asunto, por la empresa LATCAR C.A, su presidente ciudadano FÉLIX ORLANDO MUÑOZ PEDRAZA, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.191.748, sus apoderados judiciales IRIS SOLANLLE ALABARRAN PÉREZ y JOSE RAMON CONTRERAS SANCHEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.711.351 y V-1.792.876 en su orden, con Inpreabogado Nros.80.443 y 7.715 respectivamente, tal como consta en poder autenticado en fecha 08-05-2005, anotado bajo el Nro.06, Tomo 32, que se encuentra agregado en los folios 14 y 15 del presente asunto. Concedido el derecho de palabra al ciudadano RODRIGO VERA, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.248.021, asistido de su abogada FANNY LIMA GAMEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.491.504, con Inpreabogado Nro.73.645, declaró: Desisto de la Acción y del presente Procedimiento por Prestaciones Sociales intentado por mi contra la empresa LATCAR C.A, en la persona de su presidente ciudadano FÉLIX ORLANDO MUÑOZ PEDRAZA. Concedido como fue el derecho de palabra a la parte demandada el ciudadano FÉLIX ORLANDO MUÑOZ PEDRAZA, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.191.748 con el carácter de presidente de la empresa LATCAR C.A, asistido de sus abogados IRIS SOLANLLE ALABARRAN PÉREZ y JOSE RAMON CONTRERAS SANCHEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.711.351 y V-1.792.876 en su orden, con Inpreabogado Nros.80.443 y 7.715 respectivamente, manifestó: Estoy de acuerdo en nombre de mi representada en el desistimiento de la Acción y del presente Procedimiento. Ambas partes solicitan al tribunal le sean devueltas las pruebas presentadas en fecha 10-03-2005. En este estado este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, por PRESTACIONES SOCIALES incoado por el ciudadano RODRIGO VERA, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.248.021, contra la empresa LATCAR C.A, en la persona de su presidente ciudadano FÉLIX ORLANDO MUÑOZ PEDRAZA, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.191.748. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION, se ordena el archivo del presente expediente, y se acuerda la entrega de las pruebas solicitadas por las partes, las cuales son entregadas en este mismo acto.
LA JUEZ

BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO