REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, OCHO DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.
194° Y 146°
Vista la diligencia estampada por la ciudadana América Cecilia Yonekura, parte demandante, asistida por la abogada Rossana Jiménez Yonekura, y la abogada Akemi Yonekura González, en su carácter de apoderada judicial del demandado, mediante la cual consignan documentos de fechas 05 de abril protocolizados por ante el Registro Subalterno Inmobiliario del Municipio Bolívar del Estado Táchira, bajo el N°317, Tomo VII, Protocolo Primero y N° 318, Tomo VII, Protocolo Primero, contentivos de la partición que hicieron las partes sobre los bienes comunes, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, procede a homologarla por cuanto versa sobre materias en las cuales no están prohibidas las transacciones, en consecuencia se da por terminado el juicio y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se ordena el archivo del expediente. Expídase copias certificadas de la diligencia los documentos y el presente auto. Se insta a los solicitantes a consignar las respectivas fotocopias a los fines de su certificación. (fdo)EL JUEZ TEMPORAL. DR. JOSÉ ÁNGEL DOZA SAAVEDRA. (FDO)EL SECRETARIO. ABG. GUILLERMO A. SÁNCHEZ M.