REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES

San Cristóbal, 14 de abril de 2005

194º y 146º


JUEZ PONENTE: JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS

Vista la diligencia de fecha 12 de abril de 2005, suscrita por el ciudadano GIOVANNY RODRIGO NIETO MARQUEZ, asistido por su defensor abogado Carlos Belandria, la cual dice lo siguiente: “ Ciudadano Juez Presidente, desisto de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por mi co-defensora, Abogada Gladys Cordero Castro en fecha 30 de marzo del año 2000, en la causa signada con el N° 1-Aa-217-2000, por cuanto ya cesó la presunta violación del derecho constitucional, en virtud de que me encuentro en libertad desde hace tres años. En consecuencia solicito se homologue el presente desistimiento y se le otorgue autoridad de cosa juzgada, es todo.” Es por lo que se observa que el mencionado imputado expresa la voluntad de renunciar a la acción de amparo interpuesta, ejerciendo así la facultad que le otorga la ley para DESISTIR del mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, da por DESISTIDA la acción de amparo constitucional interpuesta, y homologa dicho desistimiento, dándole autoridad de cosa juzgada y ordena remitir las actuaciones al tribunal de origen a los fines legales consiguientes. Publíquese y notifíquese.

Los Jueces de la Corte,


JAIRO OROZCO CORREA
Presidente (T)







JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS LADY MENNA NIÑO SOTO
Ponente Juez




WILLIAM GUERRERO SANTANDER
Secretario
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

William Guerrero
Secretario
Exp.Nº 1-Aa-217-2000/Neyda.-