REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN
PENAL DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA



San Cristóbal 09 de Noviembre de 2004
194º y 145º



De la revisión de la causa E-456-03 se observa, que el ciudadano (Reservado artículo 545 de la Lopna), no ha cumplido en su totalidad con la medida de reglas de conducta en cuanto a estudio y presentación de constancia de notas trimestralmente, en consecuencia este Tribunal acuerda citar al mencionado ciudadano (Reservado artículo 545 de la Lopna), para el día Lunes 22 de Noviembre de 2004, en horas de la mañana, a fin de que comparezca por ante este Tribunal, para que exponga alegatos y pruebas del cumplimiento de la medida, de conformidad con el artículo 647 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese boletas de citación y notificación a las partes. Para la citación del Adolescente y notificación del defensor privado se acuerda librar oficio a la Dirección de Seguridad y Orden Público de la Zona Oeste de San Antonio (Dirsop). Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal.


EL JUEZ TEMPORAL



DR. JOSE ANTONIO PARDO SANCHEZ

LA SECRETARIA. TEMPORAL.


ABOG. ALBA ROSARIO RAMIREZ ROBLES