REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA


San Cristóbal 10 de Noviembre de 2004.
194 ° y 145°


De la revisión de la causa se observa que hasta la presente fecha, no se ha presentado ante este Tribunal el Adolescente (Reservado articulo 545 de la Lopna), a los fines de exponer alegatos y pruebas del cumplimiento de la medida impuesta, en consecuencia este Juzgado en función de Ejecución ordena LA CAPTURA, del mencionado ciudadano (Reservado artículo 545 de la Lopna), de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente (LOPNA). Para tal fin se ordena oficiar a la División de inteligencia de la Dirección de Seguridad y Orden Público de la Zona Metropolitana (DIRSOP); al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (CICPC); a la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención del Estado (DISIP); a la Guardia Nacional, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) y a la Dirección de Seguridad y Orden Público de la Zona Metropolitana (DIRSOP). Una vez lograda la misma se sirva trasladarlo al Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal del Adolescente. Notifíquese a las partes. Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal.

EL JUEZ TEMPORAL



DR. JOSE ANTONIO PARDO SANCHEZ


LA SECRETARIA. TEMPORAL.


ABOG. ALBA ROSARIO RAMIREZ ROBLES