REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
JUEZ EN FUNCIÓN DE JUICIO N° 1
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 29 de Noviembre de 2004
193° Y 145°

ACTA DE INHIBICIÓN

En el día de hoy, lunes 29 de noviembre de 2004, Quien suscribe, Abg. Elizabeth Rubiano Hernández, Juez Provisorio de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Juicio Nº 1, adscrita al Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en acatamiento de lo ordenado en el encabezamiento del artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, procedo a INHIBIRME DE SEGUIR CONOCIENDO DE LA PRESENTE CAUSA contra el ciudadano JOHNNY ALEXANDER MÉNDEZ RODRÍGUEZ, a quien se procesa por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes.

El motivo de dicha inhibición es el contemplado en el numeral 7º del artículo 86 del Instrumento Procesal, vale decir, POR HABER EMITIDO OPINIÓN EN LA CAUSACON CONOCIMIENTO DE ELLA, SIEMPRE QUE EL RECUSADO SE ENCUENTRE DESEMPEÑANDO EL CARGO DE JUEZ.

En el caso en mención, como consecuencia de las reglas administrativas de distribución de las causas, me fue asignado el conocimiento del mismo como Juez de Primera Instancia en Función de Control Nº 7 adscrita a este mismo Circuito Judicial Penal, según se evidencia del auto que corre inserto al folio cuatro (04), y en tal carácter mediante decisión de 03 de junio de 2004, califiqué la aprehensión como flagrante, ordené la aplicación del procedimiento abreviado y apliqué medida judicial de coerción personal al imputado, decisiones éstas que constituyen emisión de opinión actuando con el conocimiento de la causa con el carácter de juez, hecho que me coloca en situación de incompetencia subjetiva para seguir conociendo de la causa en mención a tenor de lo dispuesto en la norma antes indicada.

En fe de lo expuesto firmo, en San Cristóbal, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil cuatro.

ABG. ELIZABETH RUBIANO HERNÁNDEZ
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO Nº 1