REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GARCIA DE HERVÍA, PANAMERICANO, SAMUEL DARIO MALDONADO Y SIMÓN RODRIGUEZ

En horas de despacho del dia do hoy miércoles 10 de noviembre de 2004, siendo las 9:30 de la mañana, se traslado y se constituyo este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GARCÍA DE HEVIA, PANAMERICANO, SAMUEL DARÍO MALDONADO Y SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en el Sector denominado Las Tienditas, Aldea San Antonio, Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, específicamente en el Fundo denominado El Porvenir, lugar que indico el Abogado RAFAEL IGNACIO NÚÑEZ FLORES, TITULAR DE LA Cedula de Identidad Nº. 9.216.991, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 32.345, representante Judicial del ciudadano: GERARDO RAMÍREZ ROJAS, titular de la Cedula de Identidad Nº. V-1.903.175; todo con el fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, quien en fecha 29 de Octubre de 2004, DECRETO MEDIDA DE SECUESTRO, sobre el 50% del terreno, ubicado en Las Tienditas Aldea San Antonio, Municipio Samuel Darío Maldonado, Estado Táchira, conocido con el nombre de El Porvenir, compuesto por cultivos de pasto artificiales, cercado en estantillos de madera con alambre de pías, café frutal, caña, árboles frutales ( limón, naranjos, mandarina), rastrojeras menores, dos (2) casa para habitación, casa (1), construida en paredes de bloque, techos de zinc, pisos de cemento, techo de tejas, cuatro tanques para deposito de agua, servicio de agua por tuberías propia enlazado al acueducto de la comunidad, y todas sus demás ad necesidades y pertenencias propias que se encuentran radicadas dentro de los siguientes linderos: FRENTE; o pie, con terrenos que son o fueron de Dolores Contreras de Briceño y en parte Herederos de Escolástica de Roa. FONDO; o cabecera, con terrenos que son o fueron en parte de Luis Zamora Márquez, Juan Agustín Mora y herederos de Escolástica de Roa, separa de todo cerca de alambre de púa en medianeria. LADO DERECHO; con terreno que son o fueron de Thomas Bolero y herederos de Pedro Herrera, en parte, divide pared de bloque y en parte con cerca de alambre con madera parada. LADO IZQUIERDO; CON EL CAÑO San Rafael, dicho inmueble fue adquirido por ante la oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Panamericano, Estado Táchira, en fecha 30 de enero de 1995, anotado bajo el Nº: 16, Protocolo Primero, Tomo II, Primer Trimestre, Seguidamente constituido como se encuentra este Juzgado, se procedió a NOTIFICAR de la presencia y objeto del Tribunal a la ciudadana: ANA MARIA ROMERO CONTRERAS, quien se negó a presentar el documento de identificación quien es la demandada en la presente causa y a quien el Juez le hizo saber que, por cuanto, el derecho a la defensa es un derecho constitucional, se la concede un lapso de tiempo maximo de 30 minutos a los fines de que se haga asistir por abogado de su confianza en el presente acto. Seguidamente el Juez Ejecutor procede a designar como Depositario Judicial a la DEPOSITARIA JUDICIAL “LA SEGURIDAD”, debida mente inscrita por ante el registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 03 de noviembre de 1986, bajo el Nº:130, tomo 10-B, representada por el ciudadano: SIGILO ALFREDO PULGAR GALUE, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº:V-3.368.714, representación que consta en el instrumento Poder otorgado por ante la Notaria Publica Segunda de San Cristóbal Estado Táchira, de fecha 25 de enero de 2002, anotado bajo el Nº:61, tomo 08, quien estando presente en este acto, acepto el cargo en nombre de su representada y presto juramento de Ley correspondiente y quien manifestó que el domicilio de su representada se encuentra en el Edificio Capacho, primer piso Local 08, calle 5 entre carreras 3 y 4 San Cristóbal Estado Táchira. La secretaria del Juzgado Ejecutor de Medidas aquí constituido certifica que tuvo para su vista y devolución los documentos originales Supra- identificado, anexándose a la presente comisión los fotostatos constante de 4 folios útiles. Vencido el lapso de tiempo a la Notificada, el Juez Ejecutor de Medidas concedió el derecho de palabra al Abogado actor ciudadano: RAFAEL IGNACIO NÚÑEZ FLORES , Supra identificado, quien expuso: “ Solicito al Tribunal se ejecute la medida de Secuestro sobre el 50% del Inmueble descrito en la presente acta tal como lo ordena el presente despacho, igualmente solicito al ciudadano Juez se sirva nombrar a un experto practico fotógrafo a los fines de que deje constancia de las condiciones en que se encuentra el referido inmueble tanto en sus instalaciones como de los sembradíos que en el se encuentran. Constancia que debe dejar el experto designado tanto en forma escrita como fotográfica. Es todo.” En este estado el Juez Ejecutor DECLARA SECUESTRADO EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL INMUEBLE, anteriormente señalado y descrito el cual es el mismo y resulta coincidente en sus datos identificados con lo señalado en el despacho en Comisión haciendo entrega del mismo a la depositaria Judicial designada en la persona de su representante Legal Supra-Identificado, quien declara recibirlo en este acto en las condiciones expresadas en la Ley de Deposito Judicial. Referente a lo solicitado por el abogado actor se acuerda en conformidad, en consecuencia nómbrese un experto práctico fotógrafo a los fines señalados. En este estado se procedió a designar como experto practico fotógrafo al ciudadano: MÁRQUEZ VIVAS JONNY ALEXANDER, titular de la Cedula de identidad Nº: V-16.039.622, venezolano, mayor de edad, quien estando presente acepto el cargo y presento juramento de Ley correspondiente. Seguidamente el experto designado pasa a rendir su informe de la manera siguiente, se trata de un inmueble constituido por una parcela o porción de terreno cultivada de árboles frutales tales como mandarino, naranjos y limón persa, aproximadamente en las siguientes cantidades 2500 matas de mandarinas y limón persa y naranjo injertado todas cercadas con estantillos de madera y alambre de púas de cuatro hebras totalmente limpias de maleza y en plena producción, sobre un área aproximada todo el inmueble de diez hectáreas además existe para habitación familiar con sala, cinco(5) habitaciones , techo de teja con madera y zinc en parte y parte en teja , un baño, cocina, lavadero, un garaje pequeño con paredes de bloque y techo de zinc adyacente a dicho inmueble se haya construido un bohío de techo de palma y piso de caico con soporte de madera, un galpón pequeño con techo de zinc con paredes de bloque, que sirve para almacenar, mandarinas y naranjas, igualmente existe dentro del inmueble un galpón para criadero de pollos construido con bloque de cemento y encerrado en malla con techo de zinc con capacidad para quinientos (500) pollos, igualmente existe una casa pequeña con techo de zinc con estantillos de madera, paredes de bloque y se observa la existencia de un camellon que sirve de paso a la parte posterior del inmueble, existen dos (2) portones de hierro con malla tipo ciclón, valorado aproximadamente por su estado de conservación en la cantidad de bolívares cien millones (Bs.100.000.000), es todo. Igualmente le solicito al Tribunal me conceda un lapso de tiempo no mayor de 5 días para la entrega del correspondiente material fotográfico, es todo. Termino se leyó y conforme se firma, el Juzgado regresa a su sede siendo las once y cuarenta y cinco de la mañana. –
EL JUEZ EJECUTOR

ABG. RAFAEL M. NIETO R.-

EL ABOGADO ACTOR LA NOTIFICADA DEMANDADA
RAFAEL NÚÑEZ ( SE NEGO A FIRMAR)
POR LA DEPOSITARIA EL EXPERTO FOTÓGRAFO
ALFREDO PULGAR JONNY MÁRQUEZ

LA SECRETARIA,
ABG. TRINEIMA Y. PADILLA C.-
C-677-2004.-