REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Visto la diligencia suscrita por la ciudadana ROSSI CRISPIN Z., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V:- 10.162.041, de fecha 23 de Noviembre del año 2004, mediante la cual DESISTE de la demanda, es por lo que este Juez Unipersonal Nro. 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION. En consecuencia, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal. Se acuerda oficiar a la Empresa Sociedad Mercantil MONTE CASINO, participándoles que se levanto la Medida Provisional de Retención de Prestaciones Sociales del ciudadano RAFAEL ANTONIO GOMEZ SIERRA. Cúmplase.-



Abg. JOSÉ OSVALDO CASIQUE AYALA
Juez Unipersonal Nº 03

Abg. WENDY COROMOTO GARCIA VERGARA
Secretaria

En la misma fecha se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

La Secretaria.

Zulma.-
Sentencia Nº 18