REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
194 ° y 145 °



ASUNTO: SH01-L-000085
PARTE ACTORA: GUILLERMO JESUS ANGULO RIVERA, titular de la cédula de identidad N° V-14.418.907.
PARTE DEMANDADA: la empresa AUTO LAVADO SANTO CRISTO, inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, anotado bajo el Nro.31, Tomo 5-B, de fecha 26 de Agosto de 2003, en la persona de la ciudadana GLADYS AMINTA MESA CARRERO, titular de la cédula de identidad N°V-5.654.444.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, Dieciséis (16) de Noviembre de 2004, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que la parte actora ciudadano GUILLERMO JESUS ANGULO RIVERA, titular de la cédula de identidad N° V-14.418.907, no compareció a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, también se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada la empresa AUTO LAVADO SANTO CRISTO, inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, anotado bajo el Nro.31, Tomo 5-B, de fecha 26 de Agosto de 2003, ni de su propietaria ciudadana GLADYS AMINTA MESA CARRERO, titular de la cédula de identidad N°V-5.654.444. ni por sí, ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ

BEATRIZ GONZALEZ GIRALDO


EL SECRETARIO

Miguel Ángel Colmenares