REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 194° y 145°
San Cristóbal, veinticinco (25) de noviembre de dos mil cuatro (2004)

ACTA

ASUNTO N° SH01-L-2004-000073
PARTE ACTORA: ALIRIO TÉLLEZ VACA
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA EL EDEN C.A., (EDENCA)
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES POR ACCIDENTE LABORAL

En el día hábil de hoy, veinticinco (25) de noviembre de 2004, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que ninguna de las partes comparecieron a la realización de la misma, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero

El Secretario,


Abg. Miguel Ángel Colmenares