JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cinco de noviembre de dos mil cuatro.

194º y 145º

JUEZ INHIBIDA: Dra. Carmen Elvigia Porras Escalante, Juez Titular del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
MOTIVO: INHIBICIÓN

Se recibieron en este despacho previa distribución, las presentes actuaciones relacionadas con la inhibición presentada por la Dra. Carmen Elvigia Porras Escalante, Juez Titular del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
En las copias certificadas que conforman el presente expediente, constan las siguientes actuaciones:
-Acta de inhibición, de fecha 28 de octubre de 2004, suscrita por la Dra. Carmen Elvigia Porras Escalante, Juez Titular del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. (f. 1)
- Auto de fecha 02 de noviembre de 2004 dictado por el referido Juzgado Superior a los fines de la tramitación y resolución de la incidencia surgida con motivo de la inhibición propuesta por la Juez Titular de ese Tribunal, acordando de conformidad con lo establecido en el artículo 95 del Código de Procedimiento Civil, remitir copias fotostáticas certificadas del acta de inhibición de fecha 28 de octubre de 2004, del propio auto y el expediente original al Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, a los fines de su distribución. (f. 2)
En fecha 04 de noviembre de 2004, son recibidas las presentes actuaciones en este Juzgado Superior como consta en nota de Secretaría (f. 4) y por auto de la misma fecha se le dio entrada e inventario (f. 5)

LA JUEZ PARA DECIDIR OBSERVA:

La Dra. Carmen Elvigia Porras Escalante, Juez Titular del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, fundamenta su inhibición en la causal prevista en el ordinal 20° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, alegando que se inhibe de seguir conociendo la causa signada con el Nº 5533 de la nomenclatura de ese despacho, en virtud, de que en fecha 28 de octubre de 2004, los ciudadanos Luis Alfonso Peña Sánchez y Ana Mercedes Morales de Peña, junto con la abogada Francia Adela Novoa Rangel, le manifestaron en relación con el acto conciliatorio celebrado el 14 de octubre de 2004, que ella había adelantado opinión sobre el fondo del asunto. Manifiesta, que se le está acreditando un hecho que no cometió, ya que en la mencionada causa no se ha decidido nada sobre el fondo del asunto, pues ese mismo día se difirió la posible conciliación para el día 22 de octubre de 2004, considerando la prenombrada Juez, que la forma en que fueron planteados los hechos encuadra dentro de la figura de la injuria prevista en la causal alegada y que tal circunstancia la predispone en el ánimo al momento de resolver el asunto sometido al conocimiento de esa alzada.
Establece el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
Artículo 82: Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes:
….omissis...
20° Por injurias o amenazas hechas por el recusado o alguno de los litigantes, aun después de principiado el pleito.

Ahora bien, habiendo manifestado la Juez inhibida en el acta de inhibición de fecha 28 de octubre de 2004, que su ánimo se encuentra predispuesto para resolver el asunto sometido a su conocimiento, esta alzada considera que debe declararse con lugar la presente inhibición. Así se decide.
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición presentada por la Dra. Carmen Elvigia Porras Escalante, Juez Titular del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Remítase con oficio N° 0570-588, copia certificada de la presente decisión a la Juez Inhibida.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal y archivase el expediente.
La Juez Temporal,

Aura María Ochoa Arellano.
La Secretaria,

Abog. Fanny Ramírez Sánchez.
En la misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, previas las formalidades de Ley, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Exp. Nº 5189
Noris