REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL
JUEZ DE CONTROL: SECRETARIO
ABG. ISBETH SUÁREZ BERMUDEZ. ABG. DANIEL EDUARDO MOROS VELÁZQUEZ
IMPUTADO: DEFENSOR:
ANTONIO MARÍA NUÑEZ ABG. GILDA PEÑA
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: VICTÍMA:
ABG. ONEL MÉNDEZ HERINEO PERNÍA
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En la Audiencia de hoy, jueves, 09 de diciembre de 2004, siendo las 10:00 de la mañana del día fijado para que tenga lugar en la presente causa la AUDIENCIA PRELIMAR de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, con ocasión a la acusación presentada por el Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público del Estado Táchira, abogada ONELY MÉNDEZ, contra el ciudadano ANTONIO MARÍA NUÑEZ, colombiano, nacido en Cúcuta Colombia, en fecha 23-06-1955, de 50 años de edad, titular de la cédula de identidad No. E-81.402.716, obrero, domiciliado en la Avenida Ferrero Tamayo, No. G-5, San Cristóbal estado Táchira, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado en grado de Frustración, previstos y sancionado en el artículo 455 ordinal 8, en concordancia con el artículo 84 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano.
La Juez abrió el acto, y solicitó al secretario verificar la presencia de las partes, informando este que se encuentran presentes el imputado Antonio Núñez, su defensor abogada Gilda Peña, y el Fiscal del Ministerio Público abogado Onely Méndez, verificándose la ausencia de la víctima quien fue debidamente citada
Seguidamente, la Juez cedió el derecho de palabra a la defensora, quien solicitó el diferimiento de la audiencia, por cuanto, necesita de la presencia de la víctima, a objeto de celebrar un acuerdo reparatorio. La Fiscal no hizo objeción.-
La oído el pedimento de la Defensora, ordenó diferir la presente audiencia para el día 19/01/05 a las 10:30 de la mañana
En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:
ÚNICO: diferir la presente audiencia para el día 19/01/05 a las 10:30 de la mañana
ABG. ISBETH SUÁREZ BERMÚDEZ
JUEZ DE CONTROL
ABG. ONELLY MÉNDEZ
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO
ANTONIO MARÍA NUÑEZ,
ACUSADO
P.I. P.D.
ABG. GILDA PEÑA
DEFENSOR
ABG. DANIEL EDUARDO MOROS VELÁZQUEZ
SECRETARIO.