REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, jueves nueve de diciembre de dos mil cuatro, siendo las 11:30 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogado MARIA ALIDA VALERO DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 58.630 quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadana LIGIA TOSCANO DÍAZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.215.154, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Lote de terreno, ubicado en Tucapé, Sector Las Puntas, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada sobre el 50% del lote de terreno ubicado en la dirección antes señalada, cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE (FRENTE), con calle pública, mide 12 metros (12 mts); SUR (FONDO), mide 12 metros (12mets), con Josefina Varela; ESTE (LADO IZQUIERDO), con terrenos del vendedor, mide 19 metros (19 mts); OESTE (LADO DERECHO), mide 19 metros (19 mts), con Omaira Toscano Díaz, dicho inmueble fue adquirido por los ciudadanos LUIS ORLANDO ZAMBRANO y LIGIA TOSCANO DÍAZ, en fecha 29 de noviembre de 1.993, por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira, inserto bajo el N° 32, folios 71 al 72, Protocolo Primero, Tomo 22, Cuarto Trimestre del citado año; medida ésta decretada en el juicio que por OBLIGACIÓN ALIMENTARIA se sigue contra el ciudadano LUIS ORLANDO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° V-3.340.056, en el expediente N° 6.873 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial OSCAR RIAÑO, placa 2021; y se designa como Perito Avaluador al ciudadano CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-1.555.677 y como Depositaria a la ciudadana MARLOLY DEL VALLE MORA RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 10.791.964, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de ley. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra al Perito designado a los fines de que rinda el informe respectivo, quien expuso: “El inmueble consta de un lote de terreno sobre el cual se encuentran construidas unas mejoras consistentes en paredes de bloque de arcilla sobre bases de concreto armado con 12 columnas en cabilla, igualmente en su frente presenta unas pared de ladrillo sobre bases de concreto armado de 4 columnas en cabilla, dicho lote de terreno se encuentra enmontado, por su ubicación, linderos y medidas lo avalúo prudencialmente en la suma de SEIS MILLONES DE BOLIVARES, (Bs. 6.000.000,00), es todo“. En este estado el Tribunal declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el 50% del lote de terreno antes descrito, hasta cubrir la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 3.440.000,00) monto éste decretado por el Tribunal de la Causa, y en consecuencia declara su DESPOSESION JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y le hace entrega del mismo a la Depositaria Judicial designada, quien deberá ejercer la supervisión periódica al referido inmueble. Este Tribunal acuerda participar mediante oficio al Registrador Inmobiliario respectivo la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 535 del Código de Procedimiento Civil. No siendo más el Tribunal concluye el acto y regresa a su sede a las 1:00 p.m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
ABG. MARÍA ALIDA VALERO DELGADO
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
OSCAR RIAÑO.
EL PERITO,
CARLOS ARTURO SÁNCHEZ
LA DEPOSITARIA,
MARLOLY DEL VALLE MORA RAMÍREZ
LA SECRETARIA,
HAYDEE SOCORRO MORENO