REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 13 de diciembre del año dos mil cuatro.

194º y 145º

Vista el acta de acuerdo conciliatorio de fecha 01/12/2004, realizado entre los ciudadanos CARDENAS MOLINA LEGSI YIRLEG, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 13.892.646; y WILMER JESÚS RINCÓN MARQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 12.616.292, padres del niño JHORNEL JESÚS, en procedimiento por Obligación Alimentaria, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.

LA JUEZA PROVISORIA,

ABG. FANNY PÁEZ HERRERA

LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Abg. MAURIMA MOLINA / Sria
Exp. Nº 390/2001
mr
Va sin enmienda.