REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 06 de diciembre de 2004.

194º y 145º

Por cuanto el Tribunal observa que el Segundo Acto Conciliatorio en la presente causa debió realizarse el día 06 de diciembre de 2000, como se indico en el Primer Acto Conciliatorio celebrado en fecha 20 de octubre de 2000 (F. 042), en virtud de que no comparecieron personalmente las partes; este Tribunal de conformidad con lo establecido en la parte final del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil se declara EXTINGUIDO EL PROCESO, y así se decide. Archívese el expediente.

Gladys Cañas Serrano
Juez Provisorio

Jocelynn Granados Serrano
Secretaria
GCS/mr.-
Expediente Nº 14453